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Hacienda avisa: esta es la fecha en la que devolverá el dinero de la declaración de la Renta

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Aunque la campaña de la Renta suele ser una de las más temidas, también puede dar muchas alegrías. Al presentar el borrador pueden ocurrir tres cosas: que el resultado sea neutral (cuando no debemos nada a Hacienda ni Hacienda nos debe nada a nosotros), que salga a pagar o que salga a devolver.

Si sale a pagar, tenemos la opción de fraccionar el pago: de esta forma, pagaremos un primer 60% de la cantidad antes del 30 de junio y el 40% restante meses más tarde, el 7 de noviembre. Además, la Agencia Tributaria da la opción de domiciliar el pago, por lo que el contribuyente no tendrá necesidad de estar pendiente de cancelar la deuda en el banco cuando llegue el momento de abonarla.

Otra opción, si no se dispone del dinero al momento de liquidar la declaración de la Renta, es solicitar el aplazamiento del pago del impuesto. Los requisitos para esto son que la deuda no supere los 30.000€ y asumir los intereses, que en 2022 eran del 3,75%.

Respecto a las personas a las que Hacienda tiene que devolverle el dinero que, a lo largo del ejercicio anterior, han estado aportando de más; la Agencia Tributaria suele realizar los pagos de los primeros contribuyentes en presentar su declaración de forma casi inmediata: entre tres y cuatro días desde que se echa el borrador y siempre que no se trate de una cantidad muy alta ya que entonces investiga a fondo el modelo para detectar fallos o fraudes.

Una vez transcurrido el primer periodo de la campaña de la declaración de la Renta, el abono de las deudas que Hacienda contrae con los contribuyentes a los que sale a devolver se alarga más. En estos casos, cuando se acceda a la Sede Electrónica verá un aviso de «La declaración se está tramitando» o «Su declaración está siendo comprobada».

En cualquier caso, la Agencia Tributaria está obligada a pagar el dinero que debe en un plazo de seis meses desde el día en que se presenta la declaración, aunque no suele demorar más de 15 días en cancelar la deuda.

Si Hacienda se pasa de los 6 meses en los que está obligada a pagar la devolución de la declaración de la Renta, entonces tendrá que pagar también intereses de demora por valor del 3,75%.

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