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Destacan la importancia de la “Ley de etiquetado frontal de alimentos”

Desde  la Oficina de Defensa del Consumidor se destacó la importancia de la reciente aprobación de la “Ley de etiquetado frontal de alimentos” que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados que obliga a las empresas a informar los nutrientes críticos en los envases de los productos.

Las empresas tendrán seis meses para adaptarse al proyecto que obliga que los alimentos y bebidas sin alcohol informen sus nutrientes críticos con una etiqueta octogonal, de color negro y letras blancas, que ocupe al menos el 5% del tamaño del envase. Su visibilidad alentará al consumidor a elegir alternativas saludables y a las empresas a revisar su producción.

Se entiende por nutrientes críticos los «excesos» en azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, causales de la mayoría de las enfermedades evitables, surgidas por patologías como sobrepeso y diabetes. Los edulcorantes y la cafeína deben informarse y aclarar que no es recomendable para niños, niñas y adolescentes, mientras que los productos que tienen un sólo sello de advertencia no podrán ser proveedores del Estado o venderse en entornos escolares. Serán exceptuados de colocar un sello la azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común de mesa.

En este sentido, la coordinadora de la Oficina de Género, Yamila Capula, manifestó: “Es fundamental ya que uno de los puntos de la Ley de Defensa del Consumidor es el derecho a la información y estábamos ante publicidades engañosas al no fijar el contenido nutricional de los productos y muchos los hacían pasar por bajas calorías y algunos tenían un alto contenido de glucosa, por lo que la media sanción de esta nueva ley es muy importante para todos”.

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