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La ANMAT prohibió la venta de un aceite de girasol, un vinagre, un queso rallado y un snack

La decisión fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. “No puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración”, se informó.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de cuatro productos: un aceite de girasol, un vinagre artesano, un queso rallado vegetal y un snack de semillas activadas.

La decisión quedó oficializada a través de las disposiciones 593/2023 y 594/2023, ambas publicadas en la última edición del Boletín Oficial con la firma del titular de aquel organismo, Manuel Limeres.

Uno de esos productos es el “Aceite de girasol, 100% aceite vegetal, marca Colibrí, RNE 13015429, RNPA 025-13730955”. La investigación comenzó “a partir de un reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos”, dado que presentaba “características organolépticas alteradas”.

La ANMAT prohibió la venta de este aceite de girasol.

En ese contexto, el Departamento de Higiene de los Alimentos de Mendoza confirmó que tanto el número de RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios), como el RNE (Registro Nacional de Establecimientos) y la marca eran “inexistentes”.

Por lo tanto, se revolvió que “al tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado ni comercializado en ninguna parte del país”.

La ANMAT prohibió la venta de este snack.

Respecto de los otros tres productos prohibidos, todos pertenecen a la marca IKEY Reverencia a la Tierra. En específico, se trata de un “vinagre artesano de sidra de manzana probiótico vivo vegano”, un “Cracker snack de semillas activadas” y un “Rawmesan queso rallado vegetal”.

En este caso, la investigación empezó a raíz “de una denuncia anónima en la localidad de Rosario ante la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL)”. Frente a esta situación, se tomaron muestras reglamentarias de los productos denunciados.

Los análisis arrojaron resultados “No conforme”, dado que “los rótulos no declaran registros, nombre ni domicilio de la razón social”.

Prohíben la venta de este vinagre.

“En consecuencia la ASSAL emitió el Alerta Alimentaria N° 12/2022, categorizada como clase II, dirigida a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país y a la población en general, y prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio de la República Argentina y, en su caso, el decomiso, desnaturalización y destino final de los citados productos”, detalla la disposición.

La ANMAT prohibió la venta de una marca de chocolates en forma de cogollos de marihuana

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y venta de unos chocolates que se presentaban en forma de cogollos de marihuana por “carecer de registros sanitarios” y “suscitar engaño o confusión en las y los consumidores”.

Se trata de los “Chocolates sin THC sin CBD ‘Choco Cryp’ – Sabor Kaliboom 170 g”.

Prohíben la venta de este alimento.

El organismo los prohibió “por carecer de registros sanitarios, resultando ser un producto ilegal, y por contener la leyenda ‘sin THC sin CBD’ en su rótulo”, lo que “puede suscitar engaño o confusión en las y los consumidores”, según se explica en la disposición 9906/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Las actuaciones se iniciaron “a raíz de una notificación del Juzgado Nacional N° 3 de la provincia de Mendoza en referencia a chocolates comercializados bajo la marca ‘Chocogollos’, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente”.

Como el producto “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, comercializado ni expendido en el territorio de la República”, determinó finalmente la Anmat.

ES

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