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Causa Peajes: ratifican falta de mérito para Dujovne, Dietrich, Iguacel y Saravia Frías

Un fallo reciente de Casación volvió a confirmar la falta de mérito a favor de ex ministro de Economía Nicolás Dujovne, su par de Transporte Guillermo Dietrich, el ex titular de Vialidad Nacional Javier Iguacel y el ex procurador del Tesoro Bernardo Saravia Frías. La causa corresponde a la denuncia presentada en junio de 2019 por los diputados Leopoldo Moreau, Carlos Castagneto, Adrián Grana y Rodolfo Tailhade.

Con las firmas de los camaristas Carlos Mahiques, Guillermo Yacobucci y Ángela Ledesma, el máximo tribunal penal declaró “inadmisible” el recurso de “queja” contra la falta de mérito dictada por el Juzgado Federal n° 5 y confirmada por la Cámara Federal.

Los legisladores habían denunciado la existencia de un presunto acuerdo entre los funcionarios públicos y los empresarios que explotaban los Accesos Norte y Oeste, con propósitos de obtener mayores beneficios que los dispuestos en la ley y el contrato de concesión. Lo anterior habría ocasionado “un perjuicio al Estado Nacional” y fundamentalmente a los usuarios.

Los ex funcionarios habían sido procesados por el ex juez Rodolfo Canicoba Corral

Sin embargo, la decisión fue anulada y la causa fue retomada por la jueza María Eugenia Capuchetti.

¿Qué implica la falta de mérito?

Si bien la resolución de tribunal no cierra la investigación, mejora considerablemente la situación de los imputados, teniendo en cuenta que los desprocesó y dispuso que se realicen medidas adicionales de prueba para resolver sus situaciones procesales.

“Debe recordarse que, en forma inveterada, este Tribunal lleva dicho que el ordenamiento procesal establece una limitación objetiva para la procedencia del recurso casatorio que, en lo sustancial, exige que, por vía de principio se trate de hipótesis que revistan la calidad de sentencia definitiva o equivalente”, dispuso Casación al rechazar el recurso.

Cámara de Casación porteña.

Por otra parte, el tribunal advirtió que “el pronunciamiento atacado ha sido dictado por la Cámara de Apelaciones en su carácter de órgano revisor de las resoluciones emanadas de los magistrados, es decir que en el caso existe doble conformidad judicial“.

“No se ha acreditado en la especie, la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Casación como tribunal intermedio conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema“, sostuvieron los jueces.

CA / ED

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